Congreso promulgan ley que reconoce prácticas como experiencia laboral

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Congreso promulgan ley que reconoce prácticas como experiencia laboral

En la noche del día de ayer, 18 de enero se publicó la promulgación de la ley del Congreso, la cual reconoce como experiencia laboral las prácticas preprofesionales y las prácticas profesionales que realizan los estudiantes y egresados de las instituciones de educación superior universitaria y no universitaria en las distintas instituciones públicas y privadas.

Ley Nº 31396

Conforme con la Ley N° 31396, publicada en la Edición Extraordinaria del Boletín Oficial del Diario Oficial El Peruano; el ámbito de aplicación de la norma es todas las entidades comprendidas en el Decreto Legislativo 1401; Decreto Legislativo el cual aprueba el Régimen Especial que Regula las Modalidades Formativas de Servicios en el Sector Público; y en la Ley 28518, Ley sobre Modalidades Formativas Laborales. 

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De acuerdo a la norma, las prácticas preprofesionales que llevan a cabo los estudiantes de educación superior universitaria y no universitaria en instituciones públicas o privadas por un periodo no menor de 3 meses o hasta cuando el estudiante alcanza la condición de egresado; son reconocidas como parte de su experiencia laboral para lograr su desempeño en la actividad pública y privada.

Del mismo modo, las prácticas profesionales que llevan a cabo los egresados de educación superior universitaria y no universitaria; en instituciones públicas o privadas por un tiempo de hasta un máximo de 2 años son reconocidas como experiencia laboral.

Por otro lado, las prácticas preprofesionales y continuidad como prácticas profesionales que llevan a cabo los estudiantes de educación superior universitaria y no universitaria en la misma institución pública o privada por un tiempo no menor de 3 meses; se reconocen de manera acumulativa como experiencia laboral para lograr su desempeño en la actividad pública y privada. 

Sector público

La ley N° 31396 indica que a los egresados de educación superior universitaria y no universitaria que hayan postulado a un cargo en el sector público que requiera experiencia laboral; se les tiene que reconocer como tal las prácticas preprofesionales y prácticas profesionales; que hayan podido realizar en el sector público o en el sector privado; y de conformidad con la presente norma.

Sector privado

Por otro lado, las entidades del sector privado reconocen como parte de la experiencia laboral las prácticas preprofesionales y las prácticas profesionales; que realizan los estudiantes y egresados de las instituciones de educación superior universitaria y no universitaria; que hayan estado debidamente acreditadas y conforme a los criterios de contratación que establezcan dichas entidades.

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