Jubilación Anticipada: ¿Quiénes podrán acceder y cómo pueden solicitar la pensión anticipada?
Jubilación Anticipada: ¿Quiénes podrán acceder y cómo pueden solicitar la pensión anticipada?
La jubilación anticipada inició desde el primero de setiembre a través de la Ley 31332; en la cual está establecido que a los 50 años es la edad mínima para que se pueda acceder al Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA). Las personas afiliadas a las AFP tendrán la potestad de decidir su jubilación en una edad menor a la esperada. No habrá distinción entre hombres y mujeres.
Requisitos
Para que puedas acceder a esta jubilación anticipada tendrás que cumplir estos requisitos, los cuales fueron estipulados por REJA:
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- Al momento que debas solicitar este beneficio, la edad mínima cumplida deberá ser de 50 años.
- Procederá la jubilación cuando el afiliado (mayor de 50 años) así lo disponga; siempre que se obtenga una pensión superior o igual al 40 % del promedio de las remuneraciones percibidas y rentas que se declararon durante los últimos 120 meses.
- Para el resultado de la pensión antes indicada no se consideran los aportes voluntarios con fin previsional o sin fin previsional que sobrepasen el 20% de la cuenta individual de capitalización de aportes obligatorios con una permanencia menor a 9 meses en la CIC.
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Importante: Esta jubilación otorga el derecho a la redención del bono de reconocimiento a los 2 años posteriores de su acogimiento o también cuando la persona afiliada cumpla los 65 años. Del mismo modo, van a poder acceder aun cuando se hayan agotado con anterioridad los fondos de la cuenta individual de capitalización del afiliado y con la información de la AFP sobre los calificados para que puedan acceder a este régimen.
¿Cómo solicitar la jubilación anticipada?
Primero tendrás que validar la situación actual en la AFP a la que pertenece la persona afiliada; de esta manera se podrá saber si aplica a la modalidad anticipada. Del mismo modo, podrá comunicarse con los siguientes números.
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- Prima AFP: Llamar al 615-7272 – opción 1 (Lima) o 0801-18010 (provincias).
- AFP Hábitat: Llamar a 230-2200 (Lima) o 0801-14224 (provincias).
- AFP Integra: Llamar 513-5050 (Lima) o 0800-40110 (provincias).
- Profuturo: Llamar a 215-2828 (Lima) o 0800-11434 (provincias).
Una ve se haya completado ese paso, puede solicitar la jubilación anticipada de forma virtual en la página web de la AFP.
Importante: Existen tipos de jubilaciones, debido a eso se debe considerar que en esta modalidad puede acceder al retiro del 95.5% del fondo de pensión o al retiro de una parte del fondo. Si llegase a optar por retirar dicha cantidad, el restante que sería de 4.5% quedará para la cobertura de las prestaciones de salud que brinda el Seguro Social de Salud (EsSalud).
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