Accede al Fondo de Compensación SOAT
Accede al Fondo de Compensación SOAT
El SOAT junto al CAT, tienen un fondo de compensación el cual hasta el momento ha beneficiado a más de 11,600 víctimas de accidentes. A continuación, te contamos todo lo referente a este fondo y como ser beneficiario del mismo.
Fondo de compensación
Este fondo fue creado por el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito- SOAT y el Certificado contra Accidentes de Tránsito – CAT. Ambos organismos unieron fuerzas para amparar a las víctimas de accidentes de tránsito causados por vehículos motorizados que no son identificados y cuyos conductores se dan a la fuga.
¿Qué Cubre?
Mediante este, se puede compensar los gastos médicos y/o sepelio producto del accidente en cuestión. Algo a tener en cuenta, es que aplica para personas que fueron atropelladas por vehículos no identificados cuyos choferes se dieron a la fuga y no fueron identificados.
Montos
- Según se tiene conocimiento, el gasto médico, puede ser reembolsado hasta por la suma de S/ 23 000 (5 UIT) por persona. Con esta cantidad, se asegura cubrir las siguientes atenciones:
- Hospitalaria
- Quirúrgica
- Farmacéutica
- Otros
- Por otro lado, en aso de gastos de sepelio la cobertura ofrecida por el fondo es de hasta S/ 4600 (1 UIT) por persona, con lo cual se espera cubrir lo siguiente:
- Gastos de ataúd
- Cremación
- Tumba
- Nicho o urna
- Capilla ardiente o carroza
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¿Hasta cuándo puedo reclamar?
Aquellos usuarios beneficiarios, podrán hacer el reclamo correspondiente dentro del plazo máximo de un año, el mismo que se computará desde la fecha indicada en el cargo de la comunicación por escrito de los establecimientos de salud.
Pasos para acceder al beneficio
- Lo primero que debe de hacer el usuario, es reportar el caso a través del formulario Fondo SOAT y CA, ingresando dese aquí:
- Así mismo, se debe adjuntas la denuncia policial para que sea evaluado. (Cabe resaltar que el trámite es completamente gratuito)
- Por último, una vez el caso sea aprobado, el beneficiario debe acercarse a la sede principal del MTC, ubicada en Jr. Zorritos 1203, Cercado de Lima; o a los Centros Desconcentrados Territoriales (CDT) que se encuentran en las principales ciudades para presentar la documentación correspondiente.
Recuerda
- La documentación puede ser enviada de manera virtual siempre y cuando los comprobantes que sustentan el gasto sean electrónicos.
- Además, el trámite podrá ser solicitado por la víctima o por el cónyuge, hijos mayores de edad, padres, hermanos o representante legal.
Dudas y consultas
Para obtener una mayor información respecto a este beneficio y cómo tramitarlo, puede comunicarse por os siguientes medios:
- Teléfonos: 615-7800 anexo 1209 o 934233514.
- Correo: fondosoat@mtc.gob.pe
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