Pasos y Requisitos para obtener la visa de trabajo temporal en España

Visa de trabajo temporal en España

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Pasos y Requisitos para obtener la visa de trabajo temporal en España

Si deseas emigrar y poder trabajar en España, tienes que solicitar previamente un visado temporal de trabajo. Para ello, puedes visitar cualquiera de sus consulados y concierta una cita para cuando vayas a ir en persona: este proceso te llevará un poco de tiempo, ¡así que no te demores!

IMPORTANTE: Recuerda que no es legal viajar a España como turista, para después buscar un empleo y posteriormente pedir el visado correspondiente.

REQUISITOS Y PASOS PARA QUE OBTENGAS LA VISA DE TRABAJO TEMPORAL EN ESPAÑA

Para que puedas solicitar la visa de trabajo temporal se tiene que llenar el formulario físico, entregar la documentación en la oficina de la embajada o consulado más cercano y pagar la tasa correspondiente.

¿CÓMO PUEDO OBTENER LA VISA DE TRABAJO TEMPORAL EN ESPAÑA?

Las personas que quieran desarrollar actividades laborales tienen que cumplir los siguientes requisitos:

  • Tienes que ser mayor de 16 años si solicitas el visado de trabajo por cuenta ajena o superar el límite mínimo de edad (18). Si te encontrarás bajo relación de dependencia.
  • No tienes que estar en situación irregular en España.
  • Realizar el pago de las tasas de solicitud y emisión del visado.
  • No contar con la prohibición de ingreso a España ni antecedentes penales.
  • Tener experiencia en la actividad profesional que va a llevar a cabo a su arribo, tiene que agregar certificados de trabajo y capacitación.
  • Presentar el certificado médico.
  • Completar el formulario de solicitud de la categoría de visado requerido.

TRÁMITES PARA PODER TRABAJAR EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA

  • Contrato de trabajo firmado.
  • Documentación en la cual se indique la actividad que vas a realizar.
  • Copia de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de tu empleador, correspondiente a los últimos tres años.
  • Certificado de servicio público de Empleo en la cual se indique que el contratante, no puede encontrar a otro u otra para el puesto que llegarás asumir.
  • El empleador tiene que abonar la tasa correspondiente al formulario modelo 790-062- epígrafe 1.1, por una tarifa de (201,82 euros) o 1.6, cuyo valor es superior de acuerdo a la cuantía del salario que percibirás que es equivalente a (403, 67 euros).
  • Una vez que la visa de trabajo te haya sido concedida, vas a tener que pagar un canon extra personal de 60 euros.

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