Dile Adiós a los Cheese Tris, Indecopi retirará varios productos del mercado

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Dile Adiós a los Cheese Tris, Indecopi retirará varios productos del mercado

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) retirará del mercado diferentes productos por superar el límite máximo de grasas trans permitido.

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¿Por qué esta drástica medida?

Dicho procedimiento establecido por INDECOPI es la suma de diferentes acciones planificadas por la misma. Estas tienen como fin la eliminación progresiva de grasas trans, de acuerdo al D.S. 033-2016-SA. Considerando la importancia de la alimentación saludable

Además, habrían incurrido en posibles incumplimientos al artículo 19 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, al comercializar los mencionados productos con cantidades superiores de grasas trans a lo establecido.

“Los proveedores responden por la idoneidad y calidad de los productos y servicios ofrecidos; por la autenticidad de las marcas y leyendas que exhiben sus productos o del signo que respalda al prestador del servicio, por la falta de conformidad entre la publicidad comercial de los productos y servicios y éstos, así como por el contenido y la vida útil del producto indicado en el envase, en lo que corresponda”.

Productos a ser retirados

Se impuso y ordeno el cese y comercialización de los siguientes productos bajo la comisión de Protección al Consumidor N.° 3 del Indecopi:

  • Bimboletes marmoleado de la marca Bimbo
  • Panetón con pasas y frutas confitadas, de la marca Bell’s
  • Cheese Tris de la marca Frito Lay,

Con las horas contadas

Según la resolución, las empresas Bimbo, Snacks América Latina y Supermercados Peruanos cuentan con siete días hábiles, para que publiquen, mediante su página web y redes sociales, de tenerlas, la orden contenida en la medida cautelar, para que todos los consumidores puedan conocer el mandato.

La resolución exige que, en el plazo de siete días hábiles, los cuatro proveedores publiquen, mediante su página web y redes sociales, de tenerlas, la orden contenida en la medida cautelar, para que todos los consumidores puedan conocer el mandato.

Así mismo, cuentan con un plazo máximo de 30 días hábiles para que retiren todas las unidades del producto observado.

Del mismo modo cuentan con un plazo máximo e improrrogable de cinco días hábiles, contados a partir del vencimiento de todos los plazos otorgados, para remitir a la Comisión los medios de prueba que acrediten el cumplimiento de lo ordenado.

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