Bono Techo Propio: ¿Cómo saber si soy beneficiario de los S/40,250 soles?

Bono Techo Propio

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Bono Techo Propio: ¿Cómo saber si soy beneficiario de los S/40,250 soles?

El Bono Techo propio te brinda la oportunidad de que puedas financiar tu vivienda. Te contamos más acerca de este programa del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).

El Gobierno sigue con la entrega del Bono Familiar Habitacional a los ciudadanos de bajos recursos que desean comprar la casa de sus sueños en este 2022. Del mismo modo, para ser uno de los beneficiarios del programa de Techo Propio, las familias tienen que mandar una solicitud para poder ser acreedores de los S/40,250. No obstante, los ciudadanos no saben en qué estado se encuentra su pedido y en esta nota te ayudaremos averiguarlo.

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El Ministerio de Vivienda ha designado un presupuesto de S/ 523 millones 618,172 al Fondo Mi Vivienda para que este 2022 el subsidio económico pueda llegar a más de 18 900 de ciudadanos y así puedan recibir los bonos de acuerdo a los cambios que desean realizar en sus viviendas como:

  • Para la Construcción en Sitio Propio recibe un valor de S/ 27,600
  • Para Compra de una Vivienda Nueva el bono es de S/ 40,250
  • Por último, para el Mejoramiento de Vivienda el bono que se otorga es de S/ 10,580.

¿Cómo puedo saber si soy beneficiario?

Si eres de los ciudadanos que mandó su solicitud para par poder comprar tu casa propia a través del Bono Familiar Habitacional, puedes consultar el estado de tu trámite ingresando a la plataforma que habilitó el Fondo Mi vivienda siguiendo estos pasos:

¿Cómo inscribirme al Bono Techo Propio 2022?

Para que puedas ser beneficiario del apoyo económico de Techo Propio tienes que seguir estos pasos:

  • Inscribir a tu Grupo Familiar en cualquiera de las Oficinas y Centros Autorizados a nivel nacional de Mi Vivienda
  • Tienes que presentar tu DNI junto con el de su cónyuge o conviviente y contar con los datos completos de todos los integrantes del Grupo Familiar (Nombre, DNI, fecha de nacimiento).
  • Si la Jefatura Familiar está constituida por una pareja conviviente sin impedimento matrimonial. El Formulario tiene que ser suscrito por ambos. Si se trata de una pareja casada, el Formulario tiene que ser suscrito por cualquiera de ellos.

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