AFP 2UIT: Presentan proyecto de libre desafiliación y devolución de aportes
AFP 2UIT: Presentan proyecto de libre desafiliación y devolución de aportes
AFP 2UIT: Presentan proyecto de libre desafiliación y devolución de aportes
Una de las iniciativas más esperada por todos los peruanos es la libre desafiliación de las Aseguradoras De Fondos de Pensione Privada como los son las AFP. Además, se plantea el libre retiro de 2 UIT. EN la siguiente nota te contamos todo lo referente a este nuevo proyecto.
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Proyecto de ley 3585/2022 CR
Este nuevo proyecto presentado por el congresista de Perú Libre Segundo Montalvo tiene como fin establecer el retiro voluntario de 2 Unidades Impositivas Tributarias – UIT de las APF y un plan para establecer la libre desafiliación de las AFP, además de otros puntos de interés.
“El objeto de esta ley es el retiro voluntario, búsqueda de mejorar la tasa de interés sobre los fondos de los afiliados, y el crear el plan de desafiliación de las Administradoras de Fondo de Pensiones (AFP), para la administración del sistema privado de pensiones”, se especifica en el documento oficial.
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Retiro 2 UIT
Como en anteriores proyectos y posteriores decretos, se establece un plan de retiro de aportes el cual en este caso va de la siguiente manera:
El retiro de 2 UIT, lo que equivale a S/9.200 se hará efectivo de entrega a los beneficiarios en dos armadas. El primer retiro que será equivalente a una UIT se llevará a cabo a los 30 días posteriores de presentada la solicitud a la AFP.
Por otro lado, el segundo retiro será de una UIT a los 30 días posteriores de presentada la solicitud ante la AFP que administra los fondos del afiliado a través de una entidad bancaria.
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¿Dudas si mover o no tu dinero?
Para poder solventar todo tipo de problemas, dudas o inconvenientes, el proyecto establece que la Superintendencia de Banca y Seguros – SBS cree una oficina de asesoramiento permanente.
Esta oficina tendrá como finalidad única y exclusivamente información y asesoramiento a los “afiliados que se acojan a la presente ley, permitiéndoles contar con las referencias para mover sus fondos a otra entidad bancaria, financiera o de fondos mutuos, a plazo fijo de dos años”.
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