¿Trabajadores que laboren este feriado primero de mayo recibirán triple remuneración?


feriado
¿Los trabajadores que laboren este 1 de mayo recibirán triple remuneración?
Este sábado primero de mayo, se celebra el Día Internacional del Trabajo. Por ello se considera feriado nacional para ambos sectores de trabajo: El sector publico y el sector privado. Por eso no es obligatorio trabajar durante este feriado nacional.
[anuncio_b30 id=1] [anuncio_b30 id=6]
Víctor Zavala, habla sobre el pago por el feriado.
Ante esto, Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), nos explicó lo siguiente: Aquellas personas que laboren el 1 de mayo recibirán el monto que equivale a 3 remuneraciones de su jornada.
Situaciones que se presentan para cumplir con este derecho:
- Conforme con el Decreto Legislativo 713 – Ley de Descansos Remunerados – la gratificación por este festivo, primero de mayo del 2021, Dia del Trabajo, se percibe íntegramente y sin condición alguna, aun cuando el trabajador tenga inasistencia o tardanza durante la semana.
- Por otro lado, para los trabajadores que laboren el primero de mayo, sin haber tenido un descanso posteriormente, cobrara 3 remuneraciones diarias. Una recibe por el feriado y dos por trabajar en día de feriado. Como ejemplo tomemos que la remuneración que se recibe es de S/1,500, lo que se paga diariamente seria S/50. Entonces si es que trabaja en el feriado sin descanso posterior, podrá cobrar 50×3, lo que quiere decir, S/150.
- Para el caso que exista un acuerdo entre en trabajador y empleador, que cuando un feriado este laborable, con un descanso posterior, no se recibirá un pago adicional por haber trabajado ese día feriado. Esto ya que, en este caso, posteriormente el trabajador tuvo un día de descanso (pagado).
- Para las personas que trabajan a comisiones, el pago que se recibe es igual al salario promedio diario. Este se calcula dividiendo entre 30 la suma total de las remuneraciones recibidas durante los últimos 30 días, ya sea consecutivo o no al 1 de mayo.
De igual manera, preciso que no es obligatorio presentarse a trabajar durante el feriado nacional. Ya sea con el pago adicional o con un descanso compensatorio. Víctor Zavala especifico lo siguiente: “Si el personal no trabaja, siempre tendrá derecho al pago del feriado obligatorio, sin laborar”.