CRONOGRAMA MARZO: Campaña de empadronamiento 2024
MARZO 2024 – Campaña «Lote empadronado, por el titulo Anhelado»
COFOPRI ya programó las fechas de las visitas en cada localidad del país a NIVEL NACIONAL, consulta tu fecha y prepárate para recibir a los empadronadores. Consulta aquí el cronograma marzo 2024.
EMPADRONAMIENTO (Visita a pueblos nuevos): El cronograma muestra las ubicaciones donde se apersonarán los empadronadores, por primera vez.
LEVANTAMIENTO DE CONTINGENCIAS (Visita a lotes observados): COFOPRI visitará por última vez a aquel lote donde no se culminó el proceso de formalización, que conduce a la inscripción del títulos de propiedad de su vivienda.
CRONOGRAMA MARZO 2024: Consulta aquí
- UCAYALI
- JUNÍN
- SAN MARTÍN
- LAMBAYEQUE
- APURÍMAC
- TUMBES
- PIURA
- PUNO
- HUÁNUCO
- CUSCO
- MADRE DE DIOS
- AREQUIPA
- TACNA
- LORETO
- MOQUEGUA
- ICA
- LA LIBERTAD
- AYACUCHO
- LORETO
¿No encuentras tu localidad?
Si tu localidad, no se encuentra en la lista, significa que fue asignada a un mes diferente, puedes consultar el cronograma completo y buscar tu localidad: CRONOGRAMA: «Lote empadronado, por el titulo Anhelado»
Visitas domiciliarias y empadronamiento
Si quieres solicitar tu TÍTULO GRATIS, deberás cumplir con los REQUISITOS que se le exigen al propietario o encargado, para la solicitud. Lo principal, una vez revisado el cronograma, es esperar con la documentación lista, al empadronador, el cual verificará la información y el lote.
TITULACIÓN GRATUITA Y PRUEBAS DE POSESIÓN
El Art. 37° del D.S. N°013-99-MTC Reglamento de la Formalización de la Propiedad Informal precisa que, para obtener un título de propiedad gratuito los posesionarios deben cumplir con los siguientes requisitos:
a) Ejercicio de la posesión directa, continua, pacífica y pública del lote por un plazo no menor de un (1) año; y
b) No ser propietario o copropietario de otro inmueble, en el territorio de la República. Se comprende en este supuesto a los lotes calificados como “doble propiedad, cuyo poseedor lo hubiera abandonado o transferido a terceros, en cuyo caso el nuevo poseedor asumirá el pago respectivo. (Modif. Numeral 8.2 inc. d) del Decreto Supremo N° 006-2006 – VIVIENDA).
c) No haber sido excluido del procedimiento masivo de titulación. Se excluirá del procedimiento masivo de titulación cuando por negligencia o actos contrarios de los poseedores, el empadronamiento o verificación no se hubiese podido realizar en un máximo de tres visitas”.